Puede haber diferentes relaciones entre empresas, podemos encontrar empresas vinculadas, asociadas y autónomas.
Empresa Vinculada
Una empresa está vinculada a otra cuando:
- Una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra.
- Una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra.
- Una empresa ejerce una influencia dominante sobre otra en virtud de un contrato entre ellas o una cláusula estatutaria de la segunda empresa.
- Una empresa puede ejercer, en virtud de un acuerdo, un control exclusivo sobre la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra.
Empresa Asociada
Todas las empresas a las que no se puede calificar como empresas vinculadas, entre las cuales existe la relación siguiente: una empresa (empresa participante) posee, por sí sola o conjuntamente con una o más empresas vinculadas, el 25 % o más del capital o de los derechos de voto de otra empresa (empresa participada).
Empresa Autónoma
Empresa que no puede calificarse como vinculada, ni como asociada, no obstante, una empresa podrá, recibir la calificación de autónoma, aunque se alcance o se supere el límite máximo del 25 %, y a condición de que entre estos, individual o conjuntamente, y la empresa en cuestión no existan los vínculos descritos en las empresas vinculadas y cuando estén presentes las categorías de inversores siguientes:
- Sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo, personas físicas o grupos de personas físicas que realicen una actividad regular de inversión en capital riesgo e inviertan fondos propios en empresas sin cotización bursátil, siempre y cuando la inversión de dichos inversores providenciales en la misma empresa sea inferior a 1.250.000 Euros.
- Universidades o centros de investigación sin fines lucrativos.
- Inversores institucionales, incluidos los fondos de desarrollo regional.
- Autoridades locales autónomas con un presupuesto anual de menos de 10 millones EUR y una población inferior a 5.000 habitantes.